Este expediente se tramita cuando se solicita Licencia de obra mayor y la documentación que se presenta es un proyecto básico (que deberá contener la documentación técnica que establece el Código Técnico de la Edificación).
La licencia de obras concedida con proyecto básico, de acuerdo con el artículo 221 del Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de Planeamiento de Canarias, tiene la singularidad de que no legitima el inicio de las obras, para lo cual deberá aportarse el correspondiente proyecto de ejecución con al menos 10 hábiles de antelación.
La comunicación de inicio de las obras puede formalizarse en el impreso adjunto denominado "Comunicación de inicio de ejecución de obra amparada en licencia con proyecto básico nº.." aportando la documentación que se detalla en el mismo.
Una vez comunicado el inicio de las obras, se entiende solicitada verificación del replanteo, por lo que desde el Servicio de Licencias de Obra se ordenará la visita del técnico correspondiente, sin que tengan que solicitarlo expresamente los interesados.
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